Termino esta serie de entradas con la traca final, que es, valga la redundancia, de traca:
Disposición adicional única.
1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
3. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.
Ésta sí que es buena. Como decía el otro, «a largo plazo, todos muertos». En 2020 no sabemos si se habrán cumplido las profecías majas sobre 2012 y nos habremos ido a tomar viento. En caso de que no haya sido así, no sabemos si todavía existirá España. De existir, no sabemos si existirá tal como la conocemos o la habrán convertido en un Estado islámico. Si no es así, no sabemos si estará al frente el PP o el PSOE. Caso de ser el PP, lo más probable es que Rajoy acabe hasta las narices y se vea desplazado por la ambiciosa baronesa (De) Cospedal. Del PSOE posiblemente haya que olvidarse durante 4 años por lo menos, metidos como estarán en navajazos y travesías del desierto. Con suerte, puede que C’s haya crecido lo bastante como para ser interlocutor a nivel nacional.
Quiero decir con todo esto que fiar el cumplimiento de estas previsiones normativas al plazo de 8 años (dos legislaturas, plazo habitual para el PP y más que lo que tuvo el pobre Gil-Robles) es, como poco, aleatorio. Lo mismo daría escudriñar las estrellas a ver qué nos depara el futuro. Puede que algún día les hable de eso.